Condenan a empresa de seguridad porque no funcionó la alarma durante un robo

06-08-2011 / 12:20 h

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el juzgado condenó a la empresa "S.D.E." a pagar a la compañía de seguros "A., S.A." los 6.043 euros que ésta había tenido que abonar a su asegurado por el robo del dinero que se guardaba en una caja de caudales y por los daños producidos.

La compañía de seguridad recurrió la sentencia y alegó que no se había producido ningún incumplimiento de las obligaciones contractuales, "achacando la falta de funcionamiento de la alarma a causas ajenas, pues los ladrones sabotearon la central".

La Audiencia, al rechazar el recurso presentado por la empresa demandada, coincide con el juez en que ésta "incumplió las obligaciones, pues no asesoró al cliente debidamente, al proponerle con suficiente la instalación de cinco sensores volumétricos, sin colocar ninguno en la ventana" por la que entraron los asaltantes.

La Sala no considera acertada la fundamentación de la parte demandada, "pues la compañía que presta el servicio de seguridad admite haber ofertado como suficiente el sistema que se instaló, siendo ella la experta y la que debió señalar las carencias o deficiencias del sistema al cliente, de lo que no hay prueba alguna".

Dice también que esta responsabilidad recaía sobre la misma "no sólo por su condición de experta en el servicio, sino porque se lo impone expresamente el Reglamento de Seguridad Privada". EFE 1010611

Fuente:  http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=894665

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