La CNC ya abrio hace dos años expediente a APROSER y a los sindicatos chaperos
Primero compañer@s, sepamos... ¿Qué es la CNC?

La Comisión Nacional de la Competencia(CNC) es un organismo público encargado de preservar, garantizar y promover la existencia de una competencia efectiva en los mercados en el ámbito nacional, así como de velar por la aplicación coherente de la Ley de Defensa de la Competencia mediante el ejercicio de las funciones que se le atribuyen en la misma y, en particular, mediante la coordinación de las actuaciones de los reguladores sectoriales y de los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, así como la cooperación con los órganos judiciales competentes.
La CNC es una institución única e independiente del Gobierno, que integra a los antiguos Servicio y Tribunal de Defensa de la Competencia.
La CNC ejerce sus funciones en el ámbito de todo el territorio español y en relación con todos los mercados o sectores productivos de la economía.
La CNC presenta una estructura piramidal centrada en la existencia de dos órganos separados, la Dirección de Investigación y el Consejo, que realizan con independencia sus respectivas funciones de instrucción y resolución bajo la supervisión y coordinación del Presidente de la institución. Ambos órganos se apoyan en un conjunto de servicios comunes.
La Ley de Defensa de la Competenciaatribuye a la CNC funciones tanto instructoras como resolutorias en todos los procedimientos en materia de defensa de la competencia.
La Ley también atribuye a la CNC funciones de arbitraje, competencias consultivas y labores de promoción de la competencia en los mercados.
Hace ahora dos años, la CNC ya abrió expediente a APROSER y a los sindicatos chaperos:
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto dos expedientes sancionadores a varias organizaciones empresariales y sindicales firmantes de los convenios nacionales de contact center y de empresas de seguridad por haber pactado precios de los servicios y ofertas omercialesa aplicar.
Según informa hoy en una nota la CNC, en abril de 2008 tuvo conocimiento de la existencia de esos dos convenios de ámbito estatal.
El primero de ellos es del sector del Contact Center (del telemarketing) y está suscrito por la organización empresarial ACE (Asociación de Contact Center Española) y las federaciones de Servicios Administrativos y Financieros de CCOO (FECOMA) y de Servicios de la UGT (FES).
El segundo es el referido al sector de empresas de seguridad suscrito por la asociaciones empresariales APROSER, FES, AMPES y ACAES, y los sindicatos UGT y USO.
Ambos convenios incluyen cláusulas sobre los precios de los servicios y las ofertas comerciales que se deben aplicar a los clientes, algo que, según la CNC, constituye una conducta 'susceptible' de enmarcarse dentro de las prácticas anticompetitivas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia.
No obstante, la CNC precisa que la apertura de un expediente en ningún caso prejuzga la resolución final y recuerda que ambos casos estarán resueltos en un plazo máximo de dieciocho meses.
La Comisión Nacional de la Competencia también informa en su comunicado de que los órganos autonómicos de competencia también están desarrollando otras investigaciones sobre convenios de ámbito regional, que no precisa.